El Tribunal Supremo de Elecciones aprobó una directriz cuya aplicación es de carácter obligatorio, relacionada con los servicios de atención en el proceso de identificación de personas trans, que incluye el tratamiento del “conocido como”.
La Dirección General del Registro Civil (DGRC) había aprobado el pasado 27 de octubre la medida denominada: Directriz sobre Servicios de Atención: Proceso de Identificación de Personas Trans, incluido el “conocido como”, y esta práctica se convirtió en normativa, por lo que ya no es opcional que cada funcionario lo acate o no.
En dicha directriz, el TSE anuncia en su considerando No.4 que “en Costa Rica es posible incorporar un conocido comoen la cédula de identidad, alternativa utilizada por las personas trans para adicionar un nombre coincidente con su identidad de género”, en el 5, que “el conocido como se fundamenta en el Código Civil, que establece, en su artículo 58, la utilización de un pseudónimo que adquiere la importancia del nombre”, así como en el 6, que dice que “existe la posibilidad de una imagen o fotografía en la cédula de identidad no coincidente con el sexo registral, según se establece en el Reglamento de Fotografías de Cédula de Identidad del Registro Civil, Tribunal Supremo de Elecciones, aprobado en 2010”.
“Algo bueno de esto es que le da herramientas a las personas funcionarias para que sepan qué hacer y no cometan actos de discriminación, que muchas veces ocurren por desconocimiento”, comenta la abogada especialista en derechos humanos, Larissa Arroyo Navarrete.